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El Libro Negro de Hacienda

Blog · Comidas

Comer con un cliente: cuándo es gasto y cuándo es un regalo

Es gasto si puedes decir con quién comiste y para qué. Es un regalo si no puedes. La factura sola no contesta ninguna de las dos preguntas.

En corto

  • Tope: el 1 % de lo que facturas en el año.
  • Prueba: con quién y para qué, anotado ese día.
  • Buscar ingresos futuros también cuenta, según el Supremo.

La regla

El artículo 15 e) de la Ley del Impuesto sobre Sociedades dice que las atenciones a clientes y proveedores son deducibles, hasta el 1 % de tu cifra de negocios del año. El autónomo en estimación directa calcula su beneficio con esas mismas reglas.

Lo que dijo el Supremo

Tribunal Supremo, sentencia 458/2021, de 30 de marzo (recurso 3454/2019)

Un gasto no es un regalo si busca ingresos, aunque la relación sea indirecta o de futuro. El pleito iba de los intereses de un préstamo, no de comidas. Lo que sirve es la regla.

Leer la sentencia

La nota de diez segundos

En el móvil, al salir del restaurante: nombre, empresa y asunto. «Comida con Marta, de Reformas Sur, presupuesto de la obra.» Eso, la factura y el pago con tarjeta.

Tus propias comidas son otra cosa

Cuando comes tú solo trabajando fuera, la regla es distinta: un tope diario, restaurante y pago electrónico.

Los dos casos: ¿Puedo deducir las comidas con clientes?.

Comprobado en octubre de 2026 para el ejercicio 2026.

Actualizado el .