Blog · Cartas y multas
Pagar tarde a Hacienda: 5 %, 10 % o 20 %
El recargo depende de cuándo pagas, no de cuánto debes. Y el más caro cuesta cuatro veces más que el más barato.
En corto
- 5 % si pagas antes de que llegue la providencia de apremio.
- 10 % si pagas todo dentro del plazo que esa carta te da.
- 20 % más intereses si lo dejas pasar.
La escalera
Es el artículo 28 de la Ley General Tributaria. Con una deuda de 3.000 €:
| Cuándo pagas | Recargo | Sobre 3.000 € |
|---|---|---|
| Antes de recibir la providencia de apremio | 5 % | 150 € |
| Dentro del plazo que da la providencia | 10 % | 300 € |
| Después | 20 % más intereses | 600 € más intereses |
Con el 5 % y con el 10 % no te cobran intereses desde que la deuda entró en ejecutiva. Con el 20 %, sí.
El plazo del 10 %
Lo marca el artículo 62.5. Si la carta te llega entre el día 1 y el 15, tienes hasta el día 20 de ese mes. Si llega del 16 a fin de mes, hasta el día 5 del mes siguiente.
La trampa del aplazamiento
Pedir un aplazamiento dentro de ese plazo no te deja en el 10 %. Para quedarte en el 10 % hay que pagar toda la deuda y el recargo. Así lo tiene fijado el Tribunal Económico-Administrativo Central.
Si no puedes pagar
No esperes al embargo. Lleva la carta a un asesor el mismo día.
La ficha de la carta: Providencia de apremio.
Comprobado en octubre de 2026 para el ejercicio 2026.
Actualizado el .